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Carta Porte

Agosto 31, 2021    Impuestos

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La carta de porte es un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la legal existencia y/o tenencia cuando trasladas mercancías, por lo que es obligatorio que se cuente con el archivo digital o la representación impresa al momento del traslado.

Qué información se integra en el complemento Carta Porte:

Toda la relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

Beneficios

• Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
• Acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante el traslado en territorio nacional, así como identificar el origen y destino de las mismas.
• Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
• Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
• Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
• Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
• Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado (en autotransporte, vía marítima, aérea o por la red ferroviaria).

Si eres la o el propietario de los bienes o mercancías o actúas como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado (en autotransporte, vía marítima, aérea o por la red ferroviaria).

Asimismo, en caso de servicios de autotransporte en el CFDI se debe desglosar el traslado y en caso de que la o el receptor sea persona moral debe efectuar la retención del IVA.

Línea del tiempo

1. 01-mayo-2021 Publicación en la página del SAT
2. 03-mayo-2021 Publicación del décimo primero transitorio 1ª RMRMF Facilidad del uso opcional durante los 120 días naturales.
3. 01-junio-2021 Entrada en vigor del complemento y comienzo del uso opcional del complemento.
4. 29-septiembre-2021 Termino del periodo opcional del uso opcional del complemento.
5. 30- septiembre-2021 Uso obligatorio del Complemento Carta Porte.

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Fuente: Fundamento legal Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A. Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.7.1.8, Trigésimo Sexto Transitorio. Regla 2.7.1.9. de la SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, tercera versión anticipada. Décimo Primero Transitorio de la PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

AUTOR

Aracely-Maldonado

Aracely Maldonado

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